Cargando...

Estamos procesando su solicitud

Agradecemos su paciencia.

Tarifa del Centro de Datos

El 9 de julio de 2025, la Comisión de Servicios Públicos de Ohio adoptó el acuerdo de 2024 de AEP Ohio sobre la Tarifa del Centro de Datos (DCT). El 11 de julio de 2025, la Compañía presentó su arancel de cumplimiento. La tarifa entrará en vigencia a partir de su adopción por parte de la Comisión y la Compañía publicará la fecha de vigencia. Para ver los términos del fallo, visite:

Programar DCT

Información disponible en el libro arancelario de AEP Ohio.

Centros de datos existentes y centros de datos de menos de 25,000 kW

Los clientes de centros de datos que ya reciben el servicio eléctrico, o que cuentan con un contrato vigente para recibirlo, están actualmente exentos del cumplimiento de la DCT. No obstante, esta exención podría modificarse en función del resultado del caso pendiente relacionado con la tarifa base de distribución de la Compañía.

Los centros de datos del futuro de menos de 25,000 kW (la carga del centro de datos afiliado se agrega para este propósito) no están sujetos al Programa DCT. Estos clientes de centros de datos que soliciten menos de 25,000 kW deben completar la formulario de admisión y un miembro del equipo se pondrá en contacto.

Proceso obligatorio para clientes interesados en avanzar con proyectos de centros de datos en el territorio de servicio de AEP Ohio

Para solicitar que AEP Ohio preste servicios a su centro de datos, todos los centros de datos nuevos o expansiones de 25,000 kW o más deberán completar el formulario de admisión y pagar la cuota de estudio de carga. Este proceso es obligatorio para todas las nuevas solicitudes de servicio de centros de datos, tanto dentro como fuera de Ohio Central. Las solicitudes del Programa DCT se deben enviar a través de la aplicación PowerClerk aquí. Primero deberá registrarse creando un nombre de usuario y una contraseña. Podrá enviar una nueva solicitud, hacer un seguimiento de su progreso y hacer preguntas relacionadas al iniciar sesión en PowerClerk de la siguiente manera en el futuro.

También se necesitará información adicional para los proyectos que finalmente avancen, y los clientes deberán proporcionar información detallada sobre la carga en una fecha futura. Ejemplos de esta información de carga detallada incluyen el cuestionario NERC Load Dynamic y Apéndice B.2: formulario de conexión del usuario final de los requisitos de Interconexión de Transmisión de AEP. El plan de servicio final estará sujeto a revisión y aprobación de la RTO.

Si desea solicitar un nuevo servicio eléctrico a un centro de datos, tal como se define en la DCT, y como se detalla en la sección Información Importante sobre Tarifas a continuación, los clientes que actualmente se encuentran en la cola del centro de datos de AEP Ohio Central Ohio deben presentar una solicitud de estudio y pagar la tarifa dentro de los 45 días posteriores a la fecha de entrada en vigencia de la DCT programada o perderán su lugar en la fila. A continuación se enumeran los pasos adicionales para levantar la moratoria de Ohio Central y procesar las solicitudes de nuevos servicios.

Las cuotas de estudio se aplicarán de la siguiente manera:

Solicitud de capacidad en kW Cuota de estudio
>25,000 kW a <50,000 kW $10,000
50,000 kW a <100,000 kW $50,000
100,000 kW y más $100,000

Levantamiento de la moratoria y procesamiento de nuevas solicitudes del servicio en la cola del centro de Ohio

El siguiente proceso se aplica a una instalación nueva o a la expansión de una instalación existente según el Anexo DCT:

  1. El cliente podrá solicitar un estudio de carga a la Compañía, siempre que esta controle el inmueble (ya sea propio, arrendado o mediante una opción) y proporcione una ubicación específica, un período de rampa de carga y una carga final. AEP Ohio cobrará una tarifa por única vez por cada estudio de carga de $10,000 a $100,000 a pagar dentro de 45 días o los clientes perderán su lugar. La fecha límite para presentar la solicitud y pagar la tarifa es el 8 de septiembre de 2025. Asegúrese de que la solicitud de carga se envíe con tiempo suficiente para permitir el procesamiento de facturación y pago.
  2. AEP Ohio llevará a cabo el estudio de carga y determinará un plan de servicio para cada cliente en la cola de AEP Ohio Central Ohio que haya pagado puntualmente el cargo por estudio de carga. La Compañía tratará de priorizar a los clientes por orden de llegada y hará todos los esfuerzos razonables para completar un estudio de carga dentro de (i) 60 días si se necesitan actualizaciones de transmisión regional para prestar servicio al cliente; o (ii) 45 días para todas las demás situaciones. Si fuera necesario realizar actualizaciones en la transmisión regional antes de que AEP Ohio pueda prestar servicio al cliente, AEP Ohio agrupará a los clientes en la cola por tramos, según el aumento de capacidad previsto asociado a cada proyecto de mejora regional. AEP Ohio estima presentar a los clientes estudios de transmisión regional para el 7 de noviembre de 2025. Para todas las demás situaciones, los clientes pueden esperar estudios de AEP Ohio para el 23 de octubre de 2025.
  3. AEP Ohio proporcionará una carta de autorización y un acuerdo ESA para su firma. La carta de autorización establece que los clientes deberán reembolsar a AEP Ohio el 100% de los costos de construcción si cancelan el proyecto o lo retrasan por más de 12 meses antes de la fecha prevista de puesta en servicio. Una vez finalizado el proyecto, la obligación de la carta de autorización expirará. El acuerdo ESA incluirá una estimación de buena fe de la fecha prevista de puesta en servicio.
  4. El cliente tendrá 60 días para firmar la carta de autorización y el acuerdo ESA.

AEP Ohio incluirá la carga del cliente del Programa DCT en su pronóstico para PJM, y la infraestructura de transmisión necesaria, si corresponde, se construirá conforme al proceso de planificación de transmisión de PJM. Una vez que toda la infraestructura esté en su lugar para comenzar el servicio, AEP Ohio suministrará energía al cliente y comenzará el contrato.

Información Importante sobre Tarifas

Período de Rampa de Carga

El "período de rampa de carga" no excederá de cuatro años y la capacidad del contrato no será inferior a:

  • En el año 1: 50% de capacidad contratada
  • En el año 2: 65% de capacidad contratada
  • En el año 3: 80% de capacidad contratada
  • En el año 4: 90% de capacidad contratada

Plazo del Contrato

El plazo inicial del contrato será igual al Período de Rampa de Carga (no mayor a cuatro años) más ocho años. Si se requieren mejoras en la transmisión regional, la fecha estimada de entrada en servicio será aproximada y estará sujeta a numerosos factores que escapan al control de AEP Ohio. Si no se cuenta con la infraestructura eléctrica para abastecer al cliente en la fecha estimada de entrada en servicio, el cliente puede solicitar a la Comisión un ajuste al término del contrato basado en los hechos y circunstancias presentados en ese momento (pero el término del contrato se mantendrá).

Requisito de Garantía

A los efectos del requisito de garantía en virtud de esta sección del Anexo DCT, "cliente" incluirá tanto al cliente como al patrocinador financiero del cliente, siempre y cuando el patrocinador sea cofirmante del contrato con AEP Ohio. El cliente, si no tiene (a) una calificación crediticia de al menos A- de S&P Global Inc. y A3 de Moody's Corporation y (b) efectivo y equivalentes de efectivo en un balance auditado preparado de acuerdo con los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados superior a diez veces el Requisito de Garantía, debe proporcionar una garantía o garantía en el momento de la firma del contrato equivalente al 50% de los cargos mínimos totales por el total plazo del contrato, calculado con base en las tarifas de AEP Ohio vigentes al momento en que se proporciona el Requisito de Garantía. Consulte el Anexo DCT para obtener más detalles sobre las formas de garantía aceptadas.

Cargos de Demanda Mínima

La demanda de facturación mensual no será inferior a la mayor de:

  1. 85% de la demanda de facturación mensual más alta previamente establecida del cliente durante los últimos 11 meses; o
  2. Porcentaje de la capacidad contractual del cliente de acuerdo con el siguiente cronograma: para clientes con 25,001 kW a 75,000 kW de capacidad contractual total: la demanda mínima es 15,000 kW más 85% de cualquier capacidad superior a 25,000 kW; o con más de 75,000 kW de capacidad total del contrato, la demanda mínima es 57,500 kW más 100% de cualquier capacidad superior a 75,000 kW. Sin embargo, la demanda mínima no puede exceder el 85% de la capacidad total del contrato.

Asignación de Capacidad Minorista a Otro Cliente

Si un cliente desea reducir la capacidad de su contrato conforme al Programa DCT durante la vigencia de este, podrá solicitar que AEP Ohio reasigne hasta el 25% de su capacidad contractual a otro cliente del Programa DCT, en lugar de abonar una parte o la totalidad de la penalización por terminación anticipada correspondiente a la capacidad reasignada. En caso de efectuarse una cesión exitosa, el cliente cedente quedará liberado de las obligaciones contractuales futuras relacionadas con la capacidad reasignada, aunque continuará siendo responsable por cualquier capacidad contractual restante no utilizada. El cliente cedente no podrá contratar capacidad de reemplazo hasta que transcurra un período razonable después de que finalice la capacidad asignada o se demuestre un cambio en las circunstancias. De conformidad con los requisitos legales o reglamentarios aplicables, AEP Ohio hará un esfuerzo de buena fe para atender esta solicitud, siempre y cuando se cumplan todas las condiciones siguientes:

  1. El cliente receptor deberá firmar un Acuerdo de Servicios Eléctricos (ESA) para la capacidad reasignada conforme al Programa DCT.
  2. AEP Ohio determina que la transferencia es eléctricamente factible;
  3. El cliente receptor paga todo el equipo y cualquier otro costo incremental necesario para transferir la capacidad reasignada;
  4. El cliente receptor cumple con todos los requisitos de garantía bajo el Anexo DCT;
  5. La transferencia de la capacidad reasignada no daría lugar a que se recuperara ninguna inversión obtenida de otros contribuyentes (o, si lo hiciera, el cliente asignado pagaría el costo total del equipo varado); y
  6. Ambas partes certifican por escrito a AEP Ohio que no se intercambia ni proporciona dinero u otra compensación más allá de cubrir los elementos de costos enumerados anteriormente en este párrafo como contraprestación por la capacidad reasignada.

Agregación

Todas las cargas nuevas de empresas afiliadas y de propiedad común se considerarán en conjunto a los efectos del cálculo del cargo mínimo por demanda. Si hay varias instalaciones nuevas en una sola ubicación de menos de 25,000 kW, pero la carga total agregada es mayor que 25,000 kW, todas esas instalaciones estarán sujetas al Programa DCT.

Energía generada por el cliente

Para garantizar que la elección del cliente de utilizar la red no dé lugar a que se exceda la capacidad establecida en su contrato, el equipo deberá estar instalado y mantenerse operativo durante todo el plazo del Acuerdo de Servicios Eléctricos (ESA), con el fin de reducir instantáneamente la carga en una cantidad igual o superior a la energía generada por el cliente. Todo ello estará sujeto a los requisitos técnicos vigentes del proveedor de transmisión en ese momento. Si el equipo de Energía generada por el cliente falla y el cliente excede su capacidad contractual, la Compañía se reserva el derecho de plantear ante la Comisión cualquier inquietud no resuelta sobre confiabilidad o seguridad basada en los hechos y circunstancias presentados en ese momento.

Penalizaciones por terminación anticipada

Una vez finalizado el plazo inicial, los Contratos permanecerán en vigor, salvo que cualquiera de las partes los rescinda mediante notificación por escrito a la otra parte con al menos tres (3) años de antelación a la fecha de rescisión solicitada. Del mismo modo, una vez transcurrido el plazo inicial, cualquiera de las partes podrá solicitar una modificación de la Capacidad del Contrato mediante notificación por escrito a la otra parte con al menos tres (3) años de antelación a la fecha en que se desee aplicar dicha modificación. Durante el plazo inicial del Contrato, el cliente será responsable de abonar los cargos mínimos, independientemente de que decida restringir, reducir, suspender o cancelar el servicio. No obstante, si el cliente decide abonar una penalización por terminación anticipada equivalente a los cargos mínimos correspondientes a un período de 36 meses posteriores a la notificación de terminación, podrá rescindir el contrato una vez transcurridos cinco años desde el final del Período de Rampa de Carga. A modo de ejemplo, un cliente con un período de rampa de carga de 3 años puede pagar la penalización por terminación anticipada y rescindir el contrato solo después del año 8 del contrato.

Preguntas adicionales para el equipo de AEP Ohio

Las tarifas y otros términos y condiciones importantes se describen en detalle en el Programa DCT. Si tiene preguntas relacionadas con el DCT o el proceso de registro, envíenos un email a aepohcapacityreq@aep.com.

¡Bienvenido nuevamente!

Inicie sesión para administrar su cuenta.

¿Olvidó su usuario o contraseña?
Regístrese